viernes, 10 de marzo de 2017

Norma Básica

Resumen:

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son supletoriamente parte de las NIF. De acuerdo con la NIF A-1 las NIF se conforman por:

a) las NIF y las Interpretaciones a las NIF (INIF), aprobadas por el Consejo Emisor
del CINIF y emitidas por el CINIF;

b) los Boletines emitidos por la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del
Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) y transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por nuevas NIF; y

c) las NIIF aplicables de manera supletoria.

Por efecto de la presente norma las NIIF se conforman por:
a) las Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF, emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad

b) las Normas Internacionales de Contabilidad, NIC, emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Committee, IASC)

c) las Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera, emitidas por el Comité de Interpretaciones

d) las Interpretaciones de las Normas Internacionales de Contabilidad, emitidas por el Comité de Interpretaciones.


Palabras clave:
NIIF                                     NIIF
Supletoriamente                 NIC
NIF                                     CNIC
Conformada                       NIC
INIF                                    Emitidas
Consejo Emisor                 Interpretaciones
CINIF                                 NIF
Emitidos                            Comite de Interpretaciones
CPC                                  INIC
Modificar                            
Sustituir                            
Derogar


Definición Personal:

Las NIIF son supletoriamente parte de las NIF, las NIF son conformadas por: las NIF y sus interpretaciones aprobadas por el consejo emisor de CINIF y emitidas por CINIF los boletines emitidos por  la CPC sin ser sustituidos, modificados o derogados por nuevas NIF y las NIIF aplicadas de manera supletoria.
La NIIF esta conformada por: NIIF emitidas por el CNIC, las NIC emitidas por el CNIC, las interpretaciones de las NIF emitidas por el Comité de Interpretaciones y las INIC emitidas por el Comité de Interpretaciones.

Mapa conceptual:




Bibliografía: 
Sin Autor.Normas de información financiera NIF 2016 estudiantil. México. Editorial IMPC, 2016, Onceava edición.


Palabras desconocidas:

Boletín: Como su nombre lo indica, su finalidad es definir los postulados básicos sobre los cuales debe operar el sistema de información contable. Por lo tanto son fundamentos que configuran dicho sistema y tiene influencias en todas sus fases, es decir en la identificación, análisis, interpretación, captación, procedimiento y demás eventos que se llevan a cabo o que afectan económicamente a una entidad. Estableciendo ocho postulados.
Derogar: Dejar sin efecto una norma jurídica o cambiar parte de ella.


Ejemplo practico:

Si la norma supletoria es modificada o derogada, la supletoriedad debe continuar con la norma que la sustituya.
La supletoriedad debe suspenderse al entrar en vigor una nueva NIF emitida por el CINIF, sobre el tema relativo.Cuando se utilice por primera vez una norma supletoria o, en caso, cuando se suspenda la supletoriedad, debe atenderse a lo establecido en las NIF particulares relativas al tema de cambios contables.



¿En qué se puede aplicar este concepto?  En el caso de que las NIIF no den solución al reconocimiento pero siempre y cuando que esta norma cumpla con todos los requisitos

jueves, 2 de marzo de 2017

Objetivo, alcance y concepto de Supletoriedad

Resumen:

Objetivo.
Es
 establecer bases para aplicar el concepto de supletoriedad a las NIF en México. Se considera que al hacerlo, se prepara información financiera con base en estas mismas.

Alcance.

Se refiere a que las disposiciones de esta NIF se aplican en todas aquellas entidades que emitan estados financieros en los términos que son establecidos en la
NIF A-3 con el título de "Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros." 

Concepto de Supletoriedad
Existe supletoriedad, cuando la ausencia de Normas de Información Financiera es cubierta por otro conjunto de normas formalmente establecido, distinto al mexicano.
Palabras clave:

  • Objetivo                                  ✦ Alcance                                ➡ Supletoriedad
  • Establecer                              ✦ Disposiciones                       ➡  Concepto
  • Bases                                    ✦ NIF 8                                    ➡ Ausencia
  • Aplicación                              ✦ Entidades                              ➡ NIF 
  • Concepto                               ✦ Emitan                                  ➡ Cubierta
  • Supletoriedad                         ✦ Estados financieros                ➡ Conjunto 
  • Información financiera             ✦ Términos                               ➡ Normas
                                                 ✦ NIF A-3                                 ➡ Establecido
                                                                                                 ➡ Distinto
                                                                                                 ➡ Mexicano
Definición personal:
El objetivo es establecer bases para la aplicación de el concepto de supletoriedad a las NIF de México. Con ello se prepara Información Financiera tomando como base estas mismas.
El alcance se refiere a que las disposiciones de las NIF A-8 se aplican en entidades que emitan estados financieros con términos ya establecidos en las NIF A-3
El concepto de supletoriedad se refiere cuando la ausencia de NIF es cubierta por un diferente conjunto de normas establecido que es distinto al mexicano.

Mapa Conceptual:

Bibliografía:


Sin Autor.
Normas de información financiera NIF 2016 estudiantil. México. Editorial IMPC, 2016, Onceava edición.


Palabras Desconocidas:


NIF: Las NIF (Normas de Información Financiera) comprenden un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la elaboración y presentación de la información contenida en los estados financieros y que sin aceptadas de manera generalizada en un lugar y a una fecha determinada. Su aceptación surge de un proceso formal de auscultación realizado por el CINIF, abierto a la observación y participación activa de todos los interesados en la información financiera.
Bases: De el latón basis (que, a su vez, tiene su origen en un vocablo griego), la base es el apoyo, fundamento o soporte de algo.
Información financiera: La información financiera es información que produce la contabilidad indispensable para la administración y el desarrollo de las empresas y por lo tanto es procesada y concentrada para el uso de la gerencia y personas que trabajan en la empresa.

Ejemplo:

Para aplicar una supletoriedad en contabilidad principalmente se debe:
1. No connotar con una situación detallada o especificada en las NIF;
2. Que esta ley que se aplicará sea vigente;
3.Debe haber sido aprobada por un órgano reconocido.
Finalmente, si no se cuenta con una norma internacional adecuada, se utilizara la del país del capital.


¿En qué se puede aplicar este concepto?
Es aplicado cuando se utiliza un grupo de normas que no son las Normas de Información Financiero, pero que sin embargo cumplen con los mismos requisitos de presentación.